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CONDICIONES GENERALES DE CREDIJOVEN DELBANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSALMODELO DE PRÉSTAMO PERSONA NATURAL EN UVC, TASA FIJA SIN GARANTÍA (APLICAPARA CREDIJOVEN), A TRAVÉS DEL CANAL BDV EN LINEA PERSONASEL PRESTATARIO, por el presente documento, declara: Que recibe del BANCO DE VENEZUELA,S.A. BANCO UNIVERSAL, empresa del Estado venezolano, cuyas acciones fueron adquiridasmediante Contrato de Compraventa de acciones suscrito en fecha 03 de julio de 2009, formalizadoel traspaso de las acciones en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada en fechatres 03 de julio de 2009, publicada en la Gaceta Ocial de la República Bolivariana de Venezuela Nº39.266 de fecha 17 de septiembre de 2009, adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEECONOMIA Y FINANZAS, conforme al Decreto Nº 6.850, de fecha 04 de agosto de 2009, publicadoen la Gaceta Ocial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.234 de la misma fecha,modicada su denominación por la de MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA,FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR, conforme al Decreto N° 4.310 de fecha 15 de septiembre de2020, publicado en la Gaceta Ocial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.965 de lamisma fecha, domiciliado en la ciudad de Caracas, constituido originalmente ante el Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil del Distrito Federal, en el Tercer Trimestre de 1890, bajo el Nº 33, Folio36 vto., del Libro Protocolo Duplicado, inscrito en el Registro de Comercio del Distrito Federal, el 02de septiembre de 1890, bajo el Nº 56, siendo su última modicación estatutaria la que consta deasiento inscrito en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital de fecha 19 de julio de 2022,bajo el Nº 23, Tomo 435-A, e inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.), bajo el Nº G-20009997-6, en lo sucesivo denominado EL BANCO, un préstamo denominado CREDIJOVEN, deacuerdo a lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley de Creación, Estimulo, Promoción yDesarrollo del Sistema Micronanciero No 1.250 dictado por el Presidente de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, en ejercicio de sus atribuciones en fecha 14 de marzo de 2001, publicadoen la Gaceta Ocial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.164 de fecha 22 de marzo de2001 y su reglamento dictado en Decreto No 1.291 por el presidente de la República Bolivariana deVenezuela en ejercicio de sus atribuciones, en fecha 8 de mayo de 2001 publicado en la GacetaOcial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.223 de fecha 20 de junio de 2001, Ley parael Fomento y Desarrollo de Nuevos Emprendimientos, publicada en Gaceta Ocial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela No 6.656, del 15 de octubre de 2021 y así como en “Las Normas Relativasal Otorgamiento de Créditos a Beneciarios Enmarcados en los programas y Misiones Impulsadaspor el Ejecutivo Nacional” según Resolución Número 017.18 de fecha 12 de marzo de 2018, en loadelante denominado PRÉSTAMO y el cual se regirá por las siguientes estipulaciones:CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES:EL BANCO: BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, identicado en el encabezado delpresente documento.EL PRESTATARIO: Persona joven que recibe de EL BANCO el monto del préstamo denominadoCREDIJOVEN.CUENTA: Cualquier cuenta corriente o de depósito, que EL PRESTATARIO mantenga a su nombre enEL BANCO, en la cual será liquidada la cantidad de dinero recibida en calidad de CREDIJOVEN ainterés y de la cual le serán debitados los montos adeudados del CREDIJOVEN, así como cualquierotra obligación derivada del mismo.19/5/24, 12:51 about:blankabout:blank 1/4

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CONDICIONES GENERALES DE CREDIJOVEN DELBANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSALMODELO DE PRÉSTAMO PERSONA NATURAL EN UVC, TASA FIJA SIN GARANTÍA (APLICAPARA CREDIJOVEN), A TRAVÉS DEL CANAL BDV EN LINEA PERSONASEL PRESTATARIO, por el presente documento, declara: Que recibe del BANCO DE VENEZUELA,S.A. BANCO UNIVERSAL, empresa del Estado venezolano, cuyas acciones fueron adquiridasmediante Contrato de Compraventa de acciones suscrito en fecha 03 de julio de 2009, formalizadoel traspaso de las acciones en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada en fechatres 03 de julio de 2009, publicada en la Gaceta O�cial de la República Bolivariana de Venezuela Nº39.266 de fecha 17 de septiembre de 2009, adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEECONOMIA Y FINANZAS, conforme al Decreto Nº 6.850, de fecha 04 de agosto de 2009, publicadoen la Gaceta O�cial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.234 de la misma fecha,modi�cada su denominación por la de MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA,FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR, conforme al Decreto N° 4.310 de fecha 15 de septiembre de2020, publicado en la Gaceta O�cial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.965 de lamisma fecha, domiciliado en la ciudad de Caracas, constituido originalmente ante el Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil del Distrito Federal, en el Tercer Trimestre de 1890, bajo el Nº 33, Folio36 vto., del Libro Protocolo Duplicado, inscrito en el Registro de Comercio del Distrito Federal, el 02de septiembre de 1890, bajo el Nº 56, siendo su última modi�cación estatutaria la que consta deasiento inscrito en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital de fecha 19 de julio de 2022,bajo el Nº 23, Tomo 435-A, e inscrito en el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.), bajo el Nº G-20009997-6, en lo sucesivo denominado EL BANCO, un préstamo denominado CREDIJOVEN, deacuerdo a lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley de Creación, Estimulo, Promoción yDesarrollo del Sistema Micro�nanciero No 1.250 dictado por el Presidente de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, en ejercicio de sus atribuciones en fecha 14 de marzo de 2001, publicadoen la Gaceta O�cial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.164 de fecha 22 de marzo de2001 y su reglamento dictado en Decreto No 1.291 por el presidente de la República Bolivariana deVenezuela en ejercicio de sus atribuciones, en fecha 8 de mayo de 2001 publicado en la GacetaO�cial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.223 de fecha 20 de junio de 2001, Ley parael Fomento y Desarrollo de Nuevos Emprendimientos, publicada en Gaceta O�cial de la RepúblicaBolivariana de Venezuela No 6.656, del 15 de octubre de 2021 y así como en “Las Normas Relativasal Otorgamiento de Créditos a Bene�ciarios Enmarcados en los programas y Misiones Impulsadaspor el Ejecutivo Nacional” según Resolución Número 017.18 de fecha 12 de marzo de 2018, en loadelante denominado PRÉSTAMO y el cual se regirá por las siguientes estipulaciones:CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES:EL BANCO: BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, identi�cado en el encabezado delpresente documento.EL PRESTATARIO: Persona joven que recibe de EL BANCO el monto del préstamo denominadoCREDIJOVEN.CUENTA: Cualquier cuenta corriente o de depósito, que EL PRESTATARIO mantenga a su nombre enEL BANCO, en la cual será liquidada la cantidad de dinero recibida en calidad de CREDIJOVEN ainterés y de la cual le serán debitados los montos adeudados del CREDIJOVEN, así como cualquierotra obligación derivada del mismo.19/5/24, 12:51 about:blankabout:blank 1/4

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